Título : | Ordenamiento de Disposiciones Legales del Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Haberes de Retiro y otros Beneficios Sociales | Tipo de documento: | texto impreso | Autores: | Paraguay. Ministerio de Hacienda | Editorial: | Asunción : Contraloría Financiera de la Nación | Fecha de publicación: | 1983 | Número de páginas: | 321 p. | Dimensiones: | 27 cm. | Clasificación: | JUBILACIONES LEYES Y REGLAMENTOS PENSIONES
| Clasificación: | 348.02 | Nota de contenido: | Constitución de la republica del Paraguay del 25 de agosto de 1967; Que reglamenta los artículos 137 y 144 de la constitución Nacional; Enmienda del art. 173 de la constitución nacional; De organización administrativa - capitulo XIV - jubilaciones y pensiones; Que modifica el art. 249 de la ley de organización administrativa del 22 de junio de 1909; Que autoriza el ministerio de hacienda a ordenar la devolución de los descuentos hechos sobre los sueldos de los empleados públicos despedidos sin causa justificadas; Que reglamenta el Inc 2° art. 64 de la ley N° 817; Por el que se derogan, modifican y crean diversas disposiciones legales sobre jubilaciones y pensiones; Por el cual se dispone que los funcionarios y empleados públicos que adeuden al estado no podrá obtener su jubilación o pensiones, mientras permanezcan en tal condición jurídica; Que aclara las disposiciones de los arts. 7° y 10° del decreto-ley N° 11.308 del 19 de mayo de 1937, sobre jubilaciones y pensiones... | Link: | ./index.php?lvl=notice_display&id=15020 |
Ordenamiento de Disposiciones Legales del Régimen de Jubilaciones y Pensiones, Haberes de Retiro y otros Beneficios Sociales [texto impreso] / Paraguay. Ministerio de Hacienda . - Asunción : Contraloría Financiera de la Nación, 1983 . - 321 p. ; 27 cm. Clasificación: | JUBILACIONES LEYES Y REGLAMENTOS PENSIONES
| Clasificación: | 348.02 | Nota de contenido: | Constitución de la republica del Paraguay del 25 de agosto de 1967; Que reglamenta los artículos 137 y 144 de la constitución Nacional; Enmienda del art. 173 de la constitución nacional; De organización administrativa - capitulo XIV - jubilaciones y pensiones; Que modifica el art. 249 de la ley de organización administrativa del 22 de junio de 1909; Que autoriza el ministerio de hacienda a ordenar la devolución de los descuentos hechos sobre los sueldos de los empleados públicos despedidos sin causa justificadas; Que reglamenta el Inc 2° art. 64 de la ley N° 817; Por el que se derogan, modifican y crean diversas disposiciones legales sobre jubilaciones y pensiones; Por el cual se dispone que los funcionarios y empleados públicos que adeuden al estado no podrá obtener su jubilación o pensiones, mientras permanezcan en tal condición jurídica; Que aclara las disposiciones de los arts. 7° y 10° del decreto-ley N° 11.308 del 19 de mayo de 1937, sobre jubilaciones y pensiones... | Link: | ./index.php?lvl=notice_display&id=15020 |
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